el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo Homologación de Obligación de Manutención , presentado por las ciudadanas Leonor Páez, Angie Heredia y Lisandro Benavente, en su carácter de Consejeros de Protección del Niño, niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de los ciudadanos Se omiten los nombres, a requerimiento de los ciudadanos DANIELA YUDITH MOLINA HERRERA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.353.095, domiciliada en el sector San José, Parroquia San Diego de Cojedes, Municipio Anzoátegui, estado Cojedes y JOSÈ DAVID HERRERA OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....