este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anzoátegui de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos TEOFILA ESTELA LINAREZ y JOSÉ ANTONIO RIVAS RODRÍGUEZ; y en consecuencia, se declara DISUELTO el VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Anzoátegui del estado Cojedes, asentada en Acta Nº 1, de fecha veintiocho (28), de Junio del año dos mil once (2.011).Realícese las participaciones pertinentes a los entes del Registro de estado civil de la jurisdicción del lugar de celebración del matrimonio, remitiendo copia certificada de la decisión.