Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por la abogada DENNYRE DEL ROSARIO CASTILLO, actuando como representante legal de la Procuraduría General del Estado Cojedes, según poder otorgado por la Procuradora General del Estado Cojedes, en fecha 29 de octubre del año 2013 y quedando inserto en los libros de autenticaciones N° 71, Tomo 41 de la Notaria Pública de San Carlos, Estado Cojedes, dándosele entrada mediante auto de fecha 25/03/2014, antes identificado, y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos, Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y de conformidad a la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 3, que le confiere a los Juzgados de Municipio la potestad de conocer de forma exclusiva .....