-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos INGRID DEL VALLE LANDAETA AGUILAR y CARLOS MANUEL MERCADO ANZOLA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.988.199 y V-15.629.652, la primera de profesión Profesora de Educación Especial, el segundo Electricista, domiciliados en la calle Los Aguilar, casa s/n, sector el Bajío y en la calle Los Hernández, casa s/n, sector el Bajío de la parroquia General Manuel del estado Cojedes, respectivamente, en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, contraíd.....