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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar, la demanda de divorcio presentada por los ciudadanos, JOSE OSWALDO CASTILLO AGUILAR y MIRIAN MIREYA NIEVES CASTILLO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-7.206611y V-5.265.457, basada en la sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nº 1070/2016, de fecha 09/12/2016, alegando el desafecto como causal de divorcio, en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que unía a los conyugues desde fecha quince (15) de mayo de 1992, celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según consta en acta Nº 375, tomo 02, del .....