Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos, LUIS ENRIQUE MIRELES TOLEDO y KARITZA NORIBETH RIVAS DIAZ, ampliamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil por ante la primera Autoridad de la Junta Parroquial de San Carlos de Austria, del Estado Cojedes, en fecha catorce de diciembre del año dos mil nueve (14-12-2009); según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio cursante al folio Dos (02) y su vuelto, del presente expediente signado con el Nº 2203/13.
El tribunal nada establece en cuanto a bienes constituidos en la comunidad conyugal por cuanto los solicitantes manifestaron no haberlos obtenidos.