IV
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: homologado el desistimiento del procedimiento de Perpetua Memoria propuesto por la ciudadana OMAIRA CECILIA VASQUEZ DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.065.113, casada, asistida por la abogada DALIA GARCIA AULAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 38.436. Segundo: En consecuencia se ordena el archivo del expediente, devolver los documentos originales, dejando copia certificada de los mismo en su lugar. Tercero: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del dispositivo del presente fallo. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretar.....