Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos FERMIN ANTONIO COLINA PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.794.211, debidamente asistido por la abogada en ejercicio FRANCIS ARGELIA SIERRALTA SANCHEZ, inscrita en el IPSA najo el Nº 59.910, contra la ciudadana SAIRA JANETTE SIERRALTA DE COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V-7.568.448, en fecha 28 de Febrero de 1.980, por ante el Registro Civil Punta Cardón, del Municipio Carirubana delo estado Falcón, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matri.....