este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA el Recurso de Apelación ejercido a través del escrito de fecha 22 de enero del año en curso por el profesional del derecho ciudadano TOMAS GRACIAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.848. Y ASI SE DECIDE.