En base a los argumentos antes expuestos, este tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos:
UNICO: Se decreta con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público y en tal sentido DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA Nº 2C-128-10 A FAVOR DE LOS HOY JOVENES ADULTOS (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), coimputados quienes no comparecieron a la audiencia por estar privados de libertad por otros hechos punibles y haber sido imposible su traslado a la audiencia por falta de unidades de trasporte, pero que el tribunal lo acordó en audiencia por cuanto es favorable la decisión a todos los coimputados de autos, en los hechos investigados ocurridos en fecha 24 de agosto del año 2010 en perjuicio del Joven (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgáni.....