Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la demanda de establecimiento judicial de obligación de manutención al ciudadano Jesús Eduardo Pérez Acosta, a favor de sus hijas ........................ y ........................
Segundo: Se establece como obligación de manutención la cantidad de Seiscientos Bolívares mensuales (Bs.600,00), como bono escolar la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,00), que deberá ser cancelado en el mes de agosto y como bono navideño la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2000,00) que deberá ser cancelado en el mes de diciembre, pagaderos mediante retensión directa de la nomina del obligado y entregados directamente a la progenitora, ciudadana Lilian del Carmen López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.614.357, en representación legal de sus hijas ........................ y ........................ Los montos e.....