En atención a las expresadas razones de hecho y de derecho , este Tribunal de primera instancia de juicio, para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Con lugar la demanda de inquisición de paternidad presentada por la ciudadana Maria Miraima Acosta Sánches , titular de la cédula de identidad Nº 5.209.808 contra el ciudadano Aldemar Abreu Hernández, titular de la cédula de identidad Nº 4.846.486, ampliamente identificados en los autos respecto del joven adulto Mario José Acosta . Se ordena al Registrador civil de nacimientos del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Cojedes estampar la correspondiente nota marginal de determinación judicial de paternidad del referido ciudadano Aldemar Abreu Hernández respecto del joven Mario José Acosta , en los libros de registro correspondiente , en el acta de nacimient.....