Con fundamento en las razones expuestas, esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda en consecuencia se declara el Concubinato existente entre los ciudadanos Dignora Zulay Piña Ojeda, titular de la cédula de identidad Nº 10.991.206, con quien en vida respondiera al nombre de Héctor Leonidas Garaban Sánchez, y fuera titular de la cédula de identidad Nº 10.985.792, desde el día veinte de junio de mil novecientos noventa y uno hasta el día diez y ocho de agosto de dos mil siete, es decir durante diez y seis años y dos meses. Se ordena la publicación de un único cartel en el Diario " Las Noticias de Cojedes ", en el cual se reseñará un extracto de la sentencia y un ejemplar de la publicación deberá ser agregado a la presente causa.