Esta Juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley . Resuelve:
1.- Se declaran sin efecto todas las actuaciones realizadas desde el auto de entrada de la presente causa al Tribunal primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
2.- Se repone la causa al estado de darle entrada a este Tribunal de Juicio y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen debido a que no corresponde el procedimiento aplicado con la solicitud formulada, ya que se trata de una solicitud de divorcio No contencioso, por lo que no hay lugar a la etapa de juicio. Queda notificada la parte presente en este acto y se ordena notificar a la otra parte la ciudadana: Yamileth Coromoto Rivas y al Ministerio Publico. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.