Esta Juzgadora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de Custodia incoada por el ciudadano Leoner Andrés Velásquez Carreño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.328.737, contra la ciudadana Eliannys Josefina Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.839.054, a favor de la niña se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, de tres años (3) de edad. En consecuencia se otorga la custodia preferente de la niña a su progenitor ciudadano: Leoner Andrés Velásquez Carreño. Así se decide.
Segundo: Se establece un Régimen de Convivencia Familiar, abierto acorde con el ejercicio de la custodia establecida en la presente decisión, para la progenitora de la niña ciudadana Eliannys Josefina Moreno venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.839.054, a los fines de fortalecer los lazos.....