Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la confesión Ficta respecto del ciudadano Willer Rafael Sánchez Mieres.
Segundo: Con lugar la demanda de aumento de obligación de manutención al ciudadano Willer Rafael Sánchez Mieres, a favor de sus hijos se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna.
Tercero: Se aumenta la obligación de manutención a la cantidad de Cuatrocientos Bolívares mensuales (Bs.400,00), y como bono escolar la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1000,00) y como bono navideño la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1000,00), montos que deberán ser cancelados mediante retensión directa de la nomina del obligado y entregados directamente a la progenitora, ciudadana Niza Widerma Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.671.727, en representación legal de sus hijos se omite nombre de conformidad con lo establecido .....