Con fundamento en las razones expuestas, esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana Mayra Lago contra el ciudadano Luís Enrique López ampliamente identificados supra, en consecuencia se disuelve el vinculo conyugal que los unió, a partir de la publicación de esta decisión. Sobre las instituciones familiares que regirán respecto a los hijos, se ratifican los acuerdos homologados en fase de mediación, se ratifica el ejercicio de la patria potestad y de la responsabilidad de crianza en ambos progenitores, la custodia preferente se otorga a la madre.
Sobre el régimen de bienes se ordena la liquidación de la comunidad conyugal de bienes.