Esta Juzgadora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se declara Con Lugar la demanda de Restitución de Custodia, presentada por la ciudadana Ingrid Janeth Barreto de Rondón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.971.972, en contra del ciudadano Fredy Rondón Ojeda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.539.518, en beneficio del niño Se omiten nombres de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, once (11) años. Así se decide.
Segundo: En razón al Régimen de Convivencia Familiar, el mismo queda establecido en los términos planteado en el asunto signado con el Nº HP11-V-2016-000098, por motivo de Divorcio. Así se decide.
Tercero: Se insta a los ciudadanos Fredy Rondón Ojeda e Ingrid Janeth Barreto de Rondón, a realizarse terapias psicológicas y psiquiátricas, conjuntamente con el adolescente. Así se decide.
Cuarto: Se acu.....