Obrando de conformidad con lo establecido en el artículo 6 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Único: Inadmisible la presente Acción de Amparo Constitucional, Intentada por la ciudadana Génesis Eliana Trestini Fuenmayor, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.013.140, residenciada en el Complejo Habitacional, Zona 12, torre D, apartamento 00-05, del Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, en beneficio de sus hijas Se omiten nombres de conformidad con lo establecido en el articulo 65 Lopnna, de tres (03) años y diez (10) meses de edad respectivamente, contra la presunta agraviante la ciudadana Janeth Camacaro, en su condición de D.....