Esta Juzgadora Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por el ciudadano Luís Miguel Pérez Infante en contra de la ciudadana Emny Danixa Benítez Herrera con fundamento en la causal 2 del Articulo 185 del Código Civil Venezolano. Y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
Segundo: Se ratifican los acuerdos celebrados respecto de las instituciones familiares, los cuales fueron debidamente homologados en su oportunidad.
Tercero: Realícense las participaciones correspondientes. Así se decide.