Esta jurisdicente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Sin lugar, la tacha incidental de acta de Nacimiento de la niña se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, suscrita por la ciudadana: Leida Aurelia Conttin Hernández, de fecha 17 de marzo de 2009. Así se decide.
Segundo: Sin lugar la falta de cualidad de la niña se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna. Así se decide.
Tercero: Parcialmente Con Lugar la demanda intentada por los Apoderados Judiciales de la ciudadana María Camacho quien actúa en nombre y representación de la niña, se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, contra de la Empresa Mercantil Servitrans Cojedes, Seguros Nuevo Mundo y el ciudadano Rosendo Manuel Morales Linares, plenamente identificados en actas. Así se decide.
Cuarto: Se condena a la Empresa Mercantil Servitrans Coj.....