esta Jurisdicente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
UNICO: Se da por consumado el acto, se declara Homologado el desistimiento del presente procedimiento, a los efectos de que se le reconozca carácter de sentencia firme pasada con autoridad y fuerza de cosa Juzgada. Así se decide.
En San Carlos a los cuatro días del mes de Junio del dos mil diez.
Diarícese, Regístrese y Publíquese.