Esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se homologa el reconocimiento voluntario de la niña ..............., por parte de su padre ciudadano Orlando Rafael Rojas Torrealba, en consecuencia se ordena al Registrador del estado Civil del Municipio Falcón del Estado Cojedes tomar nota de este reconocimiento y proceder conforme a lo establecido en el Articulo 27 de la Ley para la Protección de las familias, la maternidad y la paternidad, debiendo en consecuencia expedir una nueva acta de nacimiento que sustituirá la que fue levantada con la presentación de la madre, la cual quedara sin efecto. La nueva acta no contendrá mención alguna del procedimiento realizado, en consecuencia levantada la nueva acta quedará sin efecto el acta de nacimiento de la niña ............ la cual se encuentra asentada en el Libros de registro civil de nacimientos, correspondiente al año 2006, Tomo .....