En fuerza de los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Revoca por contrario imperio el oficio dirigido a la Unidad de la Defensa Pública del estado Cojedes de fecha 26 de abril de 2012, en consecuencia se ordena reponer el presente asunto al estado librar nuevo oficio dirigido a la Coordinadora de la Unidad de Defensa Pública del estado Cojedes, dejando sin efectos las actuaciones subsiguientes en el presente procedimiento, en razón de que este Tribunal acordó solicitar la designación de un Defensor Público especializado en la materia, para la ciudadana Judith María Noguera Manzo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.768.218 en su condición de demanda, siendo solicitado por el ciudadano Jairo Am.....