este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Wilfredo Ramón Angulo Machado y Milagros de Jesús Abreu, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 16.775.942 y 13.734.998 dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niña SE OMITE NOMBRE, de tres (03) años de edad en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Régimen de Convivencia Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.