este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide:
Primero: Declara Con Lugar la solicitud de Divorcio propuesto por los ciudadanos Ricardo Antonio Prieto Sequera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.449.228 y Nermis Zarais Gámez Delgado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.614.286, quienes contrajeron matrimonio ante la Prefectura del Municipio Tinaquillo del estado Cojedes, tal como se evidencia en el acta de matrimonio Nro. 168, inserta a los folios del cuatro (4) al folio seis (6) del presente asunto.
Segundo: En cuanto a los convenios suscritos entre las partes en relación al ejercicio de la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Custodia, Obligación de.....