Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la demanda de ACCION POSESORIA, propuesta por el ciudadano José Eusebio Rangel Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.888.299, en conformidad con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017). Años: 207º y 158º.
El Juez Provisorio,
Abg. NERIO DARIO BALZA MOLINA.
La Secr.....