Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Oposición formulada por el Abogado Jesús Gregorio Andrade Quintero actuando en su carácter de Defensor Público Segundo Agrario de esta Circunscripción Judicial y en representación del Ciudadano Justo Ramón Silva Osto y la presentada por la Abogada Anavith Gisela Moreno Jiménez actuando en su carácter de Defensora Pública Primera Agraria de esta Circunscripción Judicial y en representación del Ciudadano Jorge Luis Silva Arteaga, contra la Solicitud de Medida Autónoma de Protección solicitada por la Abogada Yelitza Aponte Aponte, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana Gloria Carolina Sosa Salas, por resultar totalmente anticipada, en virtud de que aún no ha sido declarada procedente la petición y por ende no les ha nacido el derecho de .....