Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA ACCIÓN POSESORIA POR RESTITUCIÓN incoada por el ciudadano JESUS ANTONIO SOTO OJEDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.578.019, contra el ciudadano LUIS ASBRUBAL SOTO, titular de la Cédula de identidad Nº V-3.580.935 suficientemente identificados en autos. ASÍ SE DECIDE.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencido, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a .....