Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda intentada por los Ciudadanos EDGARDO JOSE HERNANDEZ M., CLAUDIA CAROLINA HERNANDEZ M., GENESIS PAOLA HERNANDEZ M., asistidos por el Abogado JOSE LUIS RAMIREZ, contra la Ciudadana MILEIDY JOSEFINA ARJONA BOCANEY, por ACCION POSESORIA POR DESPOJO, por no haber cumplido con lo solicitado, según lo dispuesto en el hoy artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 341 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los catorce (14) días del mes de junio de 2016. Años: 206º y 157º.
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