Por la razones expuestas en la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional supra reseñado en la misma, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible la recusación contra este Sentenciador, presentada en fecha 05 de noviembre de 2018 por el Abogado John Rivero, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 251.947 actuando en nombre y representación del Ciudadano Luis Francisco Mendoza, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.258.007, ante la fundamentación de los hechos manifestado por la parte recusante, los cuales imposibilitan encuadrarlos y relacionarlos a las causales de recusación alegadas en el presente caso, de los cuales se desprende una ausencia de fundamento legal, lo cual conlleva a infeccionar la Recusación planteada de Inconstitucional, por vulnerar el derecho a la defensa y al debid.....