Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, propuesta por la ciudadana NINA MARIA COLMENARES DE NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.841.820, domiciliada en el municipio Tinaquillo del estado Cojedes, debidamente asistido del abogado JUAN CARLOS SILVA MALPICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.973.455, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.040, con domicilio en el municipio Tinaquillo del estado Cojedes. Con fundamento con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agr.....