Primero: Se Decreta por ciento cincuenta (150) días continuos, siguientes a la publicación de la presente decisión Medida Provisional de Protección Autonoma a la Producción Agrícola Vegetal, desarrollada por los Ciudadanos Maria Teresa, Piscitelli Spiniello, Vincent Piscitelli Spiniello y Juan Domingo Piscitelli Spiniello, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.867.366, V-10.537.575 y V-11.943.891 respectivamente, sobre un lote de terreno denominado Hato El Pesquero con una extensión de 286 hectáreas, ubicado bajo los siguientes linderos: Norte: Hacienda Camoruco; Sur: Hacienda Camoruco; Este: Via Mata Oscura-La Chorrera y Oeste: Hacienda Camoruco. En consecuencia a la solicitud de los peticionantes de la medida, se le permitira la continuidad de todas la labores inherentes para el desarrollo de la siembra y cultivo de arroz destinado para el consumo humano, de conformidad con lo establecido en los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la R.....