Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, NIEGA la nulidad del auto de admisión de pruebas dictado en fecha 20 de marzo de 2009, solicitada por la Abogada ERIKA LIYERA PEÑA CORDERO, Apoderada Judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil ALMACENES FRIGORIFICOS DEL CENTRO C.A. Así se decide.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los dos (02) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009). Años: 198º y 150º.
La Jueza Provisoria,
Abg. KARINA LISBETH NIEVES MARTINEZ
La Secreta.....