Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando por comisión, en cumplimiento de la orden emanada del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Vista la exposición del apoderado judicial de la querellante, acuerda mantener la comisión en el archivo de este Tribunal, hasta que sea solicitada una nueva oportunidad para practicar la ejecución forzosa de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte. SEGUNDO: En virtud de que no se encontraban presentes ningún representante de la Alcaldía del Municipio Autónomo Falcón, funcionarios éstos antes mencionados, a los fines de cumplir con la misión de este Tribunal, acuerda, suspender la práctica de la ejecución forzosa de la sentencia dictada por el Tribunal comisionado, de fecha 29 julio de .....