Seguidamente en este estado pide el derecho de palabra la demandada de autos LISYURY BISMANIA HERRERA, ya identificada y su concubino RICHARD EDUARDO SIERRA GOMEZ, ya identificado, debidamente asistidos por el abogado JORGE SNEL ECHENAGUCIA R, ya identificado, el cual les fue otorgado y exponen: Nos damos por notificado e intimados en la demanda que versa sobre la causa principal, que origina el presente embargo preventivo, y en este acto convenimos en la demanda en todas y cada una de sus partes sin tener objeción alguna a la litis ni al instrumento fundamental que la origina y para dar por honrada la obligación contraída ofrezco en este acto se realice una auto composición procesal el cual se verifica en los siguientes términos: Doy y ofrezco en pago bajo la figura del contrato jurídico denominado DACION EN PAGO, un (01) vehiculo de mi propiedad con las siguientes características marca CHEVROLET, modelo SPARK/SPARK 1,0 T/M C, clase AUTOMOVIL, tipo SEDAN, uso PARTICULAR, color PLAT.....