Con fundamento a lo antes expuesto, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la Demanda incoada por la ciudadana LILIAN EDILSA ARIAS BASTIDAS, actuando en representación del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; contra el ciudadano PEDRO ANDRES MONTENEGRO ARIAS. En consecuencia, se ordena el pago Bs. 3.205.000,00, por concepto de Pensión de Alimento y demás conceptos que conforman el subsistema de alimentación según lo estipulado en el acuerdo homologado por este Despacho el 31/01/2005. De igual forma, se ordena el cumplimiento oportuno de la obligación alimentaria mediante el suministro mensual de la suma acordada y el pago de los otros beneficios que conforman el subsistema de alimentación en las fechas convenidas. Cúmplase.