Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos JESUS MANUEL SANDOVAL CORDERO y ROSA AMELIA TORCATE VELAZQUEZ, ya identificados, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio ROSSANA SANDOVAL, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.850, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo Tinaco, del Estado Cojedes, el 16 de diciembre de 1983. Cúmplase.