Con fundamento a lo expuesto, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la Demanda incoada por el ciudadano HECTOR JOSE PINTO PEREZ, actuando en representación de las niñas xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de ocho (08) y siete (07) años de edad, provistas de asistencia jurídica por el abogado EUCLIDES JOSÉ HERRERA, en su carácter de Defensor Público Primero para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, contra la ciudadana LUCY DAYANA OCHOA MEDINA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.776.135, por Fijación de Obligación de Manutención; quedando fijada de la siguiente manera: 1) para cubrir gastos relativos a la obligación de manutención de las beneficiarias, se establece un porcentaje equivalente al treinta por ciento (30%) de lo devengado men.....