Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Rodrigo Antonio Mercado Aguilar y Maria Esther Torres Martínez, titulares de la cédula de identidad nro. V-3.689.135 y V-7.537.579, respectivamente, asistidos en este acto por la abogado en ejercicio Rosa Beyamil Silva Parraga, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 142.635; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo Falcón del Estado Cojedes, el 19 de diciembre de 1979.
Publíquese y Regístrese.