Por todo lo antes expuesto este Juzgado Del Municipio Pao De San Juan Bautista De La Circunscripción Judicial Del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y en aras de salvaguardar el Interés Superior del Niño Niña y del Adolescente, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos: HIPOLITO RAMON CRUCES Y ENGLES YAREMY MEDINA FUENTES, por lo que el mismo adquiere carácter de SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME EJECUTORIA. Procédase como SENTENCIA PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, conforme con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en los Artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño niña y del Adolescente. Notifíquese al fiscal IV del Ministerio Publico. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los cuatro (04) días del mes de marzo de Dos Mil nueve .....