Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho ya expuestos, conforme a la normativa analizada, este Juzgado del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la ejecución forzada de la sentencia y ordena al Banco de Fomento Regional los Andes (BANFOANDES), la retención de los fondos del ciudadano HIPÓLITO MENESES, titular de la cédula de identidad Nº. 10.993.186, la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 2.236,00) para cubrir la obligación de manutención atrasada y la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO (Bs. 2.448,00). Lo que suma la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 4.684,00), y deberán ser depositados a la cuenta de ahorros Nº. 0007-0065-75-0010016341, del Banco de fomento Regional los Andes, (BANFOANDES), a nombre de la ciudadana YARILYS GAMARRA, titular de la cédula de identi.....