este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la presente demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por las Abogadas HORTENCIA JAQUELINE APONTE y YASSENIA JOSEFINA SALAS, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano LUIS SANDALIO BARRETO CORDERO, contra el ciudadano JOSE ALBERTO CAMPOSANO MONTES, identificados en autos. En consecuencia, se ordena remitir en su oportunidad las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Así se decide.-