este Tribunal observa su desistimiento, realizado en fecha: 15 ¿ 02 ¿ 2007, sobre la solicitud de Incumplimiento de Pensión de Alimento, emanada del Consejo de Protección del Municipio Falcón, y recibida en este Tribunal, en fecha: 07 ¿ 02 ¿ 2007; en consecuencia este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su Homologación.-