REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

Tinaquillo, 14 de Octubre de 2008
198º y 149º


Vista la diligencia anterior (folio 39), suscrita y presentada por la ciudadana VILMA MARVELIS AULAR VALLADARES, debidamente asistida, por la Abogada Carmen Virginia Perdomo, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 58.212, en su carácter de Asesor Jurídico del Sistema de Protección del Municipio Falcón del Estado Cojedes, y por cuanto este Tribunal observa su desistimiento, realizado en fecha: 15 – 02 – 2007, sobre la solicitud de Incumplimiento de Pensión de Alimento, emanada del Consejo de Protección del Municipio Falcón, y recibida en este Tribunal, en fecha: 07 – 02 – 2007; en consecuencia este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su Homologación.-

La Jueza Provisoria,




Abg. Erika De Lourdes Canelón Lara


La Secretaria,


Abg. Anny Julieta Pérez Barrios

Exp. Nº 2.035 - 06
EDLCL/AJP./fl.-