este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN), incoada por el ciudadano REINALDO JOSÉ DEL VALLE MERMEJO, mediante sus apoderados judiciales Abogados ÁNGEL EDUARDO GALÍNDEZ ARRAIZ y LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ GALÍNDEZ, identificados en autos. En consecuencia, se ordena remitir en su oportunidad las presentes actuaciones al Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Así se decide. Remítase conjuntamente con el expediente letra de cambio en original y computo de lapso expedido por secretaría desde la fecha que consta en autos la intimación correspondiente.