este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Divorcio y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ERASMO DOMÍNGUEZ Y BETSY WILLERMAN RODRÍGUEZ DE DOMÍNGUEZ, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Candelaria del estado Carabobo. Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatorias en costa en virtud de la naturaleza del fallo.