En nombre DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA HOMOLOGADA, el anterior acuerdo, téngase por AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, Háganse las notificaciones y oficios correspondientes, a la Fiscalia IV, Defensora Pública con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente, y al Agente de Retensión; agréguese al Expediente la presenta Acta y archivase en su oportunidad al respectivo expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. En Libertad de Cojedes, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año Dos mil diez (2010).
La Jueza Suplente Especial
Abg. Nelly Arrieche P.
LA DEMANDANTE: EL DEMANDADO:
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SUSAN MARIELY RUIZ GADEA
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JOSE GREGORIO GARCIA SEQUERA
El Secretario,
Jaime José Álvarez
En esta misma se cumplió con lo ordenado, CONSTE.
Scrtria.
Exp. Nº 260-2009.