En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en sede Contencioso Administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la medida de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 0050-2012, de fecha 17 de Abril de 2012, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO COJEDES, mediante la cual declaró con lugar el reenganche del trabajador FABIAN DE JESUS PUERTA, titular de la cédula de identidad N° V- 14.325.376, así como el pago de salarios caídos; mientras se dicte sentencia definitiva en el presente proceso. SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo del estado Cojedes, a fin de notificarle acerca de la suspensión de efectos acordada del acto impugnado, debiendo remitirse copia certificada de la presente decisión.