En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos SILVIA RAMONA CORDERO, WILMERI DE LA CRUZ TORRES CORDERO, WILMER ANTONIO TORRES CORDERO y GREGORIO EDUARDO TORRES CORDERO, titulares de la cedula de identidad Nº (s) 12.963.051, 22.102.100, 21.563.994 y 22.102.102, respectivamente, esposa e hijos del ciudadano YSIDRO ANTONIO TORRES MOLLEJA (causante), titular de la cédula de identidad Nº 4.603.600, representados judicialmente por el Abg. ROBERT ANTONIO MATHEUS VITRIAGO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 157.400, en contra de la empresa TRANSPORTE CHIRGUA C.A, representada judicialmente por el Abg. FRANCISCO LUQUE, inscrito en el IPSA bajo el Nº 78.854, y la condena al pago de la cantidad de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y T.....